Cómo rellenar un CMR, casilla por casilla
El CMR tiene 24 casillas y el Convenio sólo exige una parte. Pero las que se dejan en blanco o se firman sin mirar son las que luego se pagan. Qué va en cada una, y dónde se equivoca casi todo el mundo.
Antes de rellenar nada
Se hacen tres originales, firmados por el remitente y por el transportista. El primero se lo queda el remitente, el segundo viaja con la mercancía y el tercero es para el transportista. Lo dice el artículo 5 del Convenio, y no es un trámite: cada uno de los tres sirve para probar algo distinto si hay un problema.
Tiene que decir que el transporte queda sometido al Convenio CMR (artículo 6.1.k). Los impresos oficiales lo llevan escrito arriba; si usas uno hecho por tu cuenta, comprueba que esté.
En transporte dentro de España mucha gente usa el mismo impreso, y es buena costumbre. Pero lo que la inspección te pide en ruta nacional desde el 5 de octubre de 2026 es otra cosa: el documento de control electrónico (DECA).
Las 24 casillas
«Obligatoria» quiere decir que la exige el artículo 6.1 del Convenio. Las demás las contempla el propio Convenio como opcionales, y conviene rellenarlas cuando aplican.
| Casilla | Qué va | ¿Obligatoria? |
|---|---|---|
| 1 | Remitente: nombre, dirección completa y país | Sí |
| 2 | Destinatario: nombre, dirección completa y país | Sí |
| 3 | Lugar de entrega de la mercancía | Sí |
| 4 | Lugar y fecha en que el transportista se hace cargo | Sí |
| 5 | Documentos que se entregan con la carta de porte (facturas, certificados, DUA…) | Opcional |
| 6 | Marcas y números de los bultos | Sí |
| 7 | Número de bultos | Sí |
| 8 | Clase de embalaje: palé, caja, bidón, a granel… | Sí |
| 9 | Naturaleza de la mercancía (y si es peligrosa, su denominación ADR) | Sí |
| 10 | Número estadístico | Casi siempre en blanco |
| 11 | Peso bruto en kg | Sí |
| 12 | Volumen en m³ | Opcional |
| 13 | Instrucciones del remitente: aduana, seguro, temperatura… | Sí, si hay trámites de aduana |
| 14 | Portes: pagados o debidos | Opcional |
| 15 | Reembolso: lo que el transportista debe cobrar al entregar | Sólo si lo hay |
| 16 | Transportista: nombre, dirección y país | Sí |
| 17 | Transportistas sucesivos | Sólo si los hay |
| 18 | Reservas y observaciones del transportista al cargar | Cuando proceda |
| 19 | Estipulaciones particulares: plazo pactado, valor declarado, prohibición de transbordo… | Opcional |
| 20 | Precio del transporte y gastos, y quién los paga | Sí |
| 21 | Lugar y fecha en que se extiende la carta de porte | Sí |
| 22 | Firma y sello del remitente | Sí |
| 23 | Firma y sello del transportista | Sí |
| 24 | Recibí del destinatario: fecha, firma y, si hace falta, reservas | Al entregar |
Las cuatro casillas donde se pierde dinero
7 · Número de bultos: ¿un palé o cuarenta cajas?
El transportista tiene que comprobar el número de bultos cuando carga (artículo 8). Si firma sin poner ninguna reserva, se da por hecho que recibió los que dice la casilla 7. Por eso importa en qué unidad los cuentas: si pones «40 cajas» y van en un palé retractilado que nadie puede contar, el transportista debería escribir en la casilla 18 algo como «palé retractilado, no se cuentan las cajas». Si no lo escribe, responde de cuarenta cajas.
11 · Peso bruto, no neto
Bruto es con embalaje, palé incluido. No es un detalle de estilo: si la mercancía se pierde o llega dañada, la indemnización del Convenio se calcula por kilo de peso bruto, no por lo que valía. Un peso mal declarado es una indemnización mal calculada. Cuánto puede ser la diferencia está explicado en firmaste «recibido conforme» y acabas de perder 19.000 euros.
18 · Reservas: o concretas, o no sirven
Las reservas del transportista tienen que ser motivadas: decir qué no se ha podido comprobar y por qué. «Sin comprobar» a secas vale poco. «Tres palés con el film roto en la esquina superior, no se revisa el interior» vale mucho. Y ojo, remitente: esas reservas no te obligan a ti salvo que las aceptes expresamente en la propia carta de porte.
24 · Firmar la entrega sin mirar
Es el error más caro y el más frecuente. Si el destinatario firma sin anotar nada, se presume que la mercancía llegó tal como se describe. Si hay un daño a la vista, se escribe en ese momento, antes de firmar, y se describe igual que una reserva: qué, cuánto y dónde.
Plazos para reclamar después de la entrega
Según el artículo 30 del Convenio:
- Daños o faltas que se ven: en el mismo momento de la entrega.
- Daños que no se ven al recibir, como una caja aplastada por dentro: por escrito, en los siete días siguientes a la entrega.
- Retraso: por escrito, en los 21 días siguientes a que la mercancía se puso a disposición del destinatario.
Los dos primeros plazos no te cierran la puerta: pasados, se presume que la mercancía llegó bien y te toca a ti demostrar lo contrario. El del retraso sí la cierra: sin esa reserva por escrito en 21 días, no hay indemnización por retraso.
Rellenarlo sin papel
La carta de porte para rellenar de este sitio sigue esta misma numeración, te avisa de las casillas obligatorias que te dejas y sale lista para imprimir con los tres ejemplares. Rellenarlo e imprimirlo es gratis y no envía nada a ningún servidor: lo que escribes se queda en tu navegador. Sólo el DECA, si lo generas, se guarda en línea, porque la norma exige que su código QR lleve a él.